EXIGIBLE A PARTIR DE SEPTIEMBRE
Formularios de declaración jurada para el pago de la tasa de seguridad e higiene
Los formularios aprobados por la nueva forma de declaración, junto con un modelo instructivo, son distribuidos a través del correo de la Caja Municipal. El pago del mismo es exigible, para el cuarto bimestre, a partir de septiembre. Quienes haya cancelado anticipadamente el año 2011 no tienen obligación de tributar con la nueva metodología.
La Subsecretaría de Ingresos Públicos Municipal informa que en cumplimiento de la nueva forma de declaración y pago de la Tasa de Registro, Contralor, Inspección, Seguridad e Higiene (TRCISH), establecida por las Ordenanzas Nº 5411 y 5412/11, se encuentra distribuyendo a los comerciantes de esta capital los formularios aprobados por la legislación, junto con un modelo instructivo para su correcta confección y presentación.
La distribución de la misma se realiza a través del correo de la Caja Municipal de Préstamos, a los domicilios fiscales, tributarios y especiales existentes en la base de datos de la Dirección General de Rentas Municipal.
El primer formulario de declaración jurada (DDJJ) a utilizar será el correspondiente al bimestre 4º/2011, en el cual deberán incluirse los ingresos netos y bases especiales correspondientes a los meses de julio y agosto del presente año.
En tal sentido, cabe aclarar que aquellos comerciantes que a la fecha de la sanción de la norma (14/04/2011) hayan cancelado anticipadamente las cuotas de enero (1º) a diciembre (12º)/2011, no tienen obligación de tributar bajo la nueva metodología. Si, en cambio, deberán hacerlo aquellos que hayan cancelado alguna de las cuotas de julio (7º) a diciembre (12º)/2011, debiendo cumplir con la declaración y pago del/los bimestre/s faltante/s.
Ejemplos: Contribuyente que tiene cancelado al 14/04/2011:
Año 2011 completo: No tributa la tasa en el 2011, ya que sus pagos tienen poder cancelatorio. Recién empieza a tributar en el 2012 (bimestre 1º/2011) con ingresos de enero-febrero/2012 en los vencimientos que se establezcan por calendario mediante Resolución del Departamento Ejecutivo.
Hasta cuota 8º (agosto)/2011: Debe declarar y pagar bimestres 5º (septiembre-octubre/2011) y 6º (noviembre-diciembre/2011) únicamente.
UNIFICACIÓN DE CLAVE PARA COMERCIANTES CON VARIOS LOCALES
En el caso de empresas con varios locales, el art. 18º de la Ordenanza Tarifaria 5412/2011, establece la posibilidad de unificar la declaración de los ingresos y el pago en una sola clave a elección.
El mecanismo deberá formalizarse a través de un trámite en los boxes de la Dirección General de Rentas (Catamarca 855), por medio de la presentación de un formulario de “Opción Unificación” provisto para dicho fin y suscripto por el titular o representante legal suficientemente acreditado.
Esta variante estará disponible de optar a partir de 15/08/2011 y hasta 10 días antes del vencimiento que le corresponda por terminación de la CUIT, según Resolución Nº 1628 del 08/07/2011.
VENCIMIENTOS
Las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas variarán en función a la terminación de la CUIT registrada. Para el bimestre 4º/2011, con vencimiento en septiembre del corriente, son los siguientes:
Nº de CUIT 0 y 1: 16/09/2011.
Nº de CUIT 2 y 3: 19/09/2011.
Nº de CUIT 4 y 5: 20/09/2011.
Nº de CUIT 6 y 7: 21/09/2011.
Nº de CUIT 8 y 9: 22/09/2011.
OPCIONES PARA GENERAR EL FORMULARIO DE DDJJ
Aquellos comerciantes que no reciban en un tiempo prudencial el nuevo formulario de declaración jurada, podrán solicitarlo en los boxes de atención de la Dirección General de Rentas Municipal, sita en calle Catamarca Nº855, con número de clave comercial.
GENERACION DE USUARIO Y CLAVE PARA WEB
Los contribuyentes (titulares o representantes formales) podrán solicitar la generación de usuario y clave para operar en la web a través de la página: http://rentas.ciudaddecorrientes.gov.ar o en los boxes de la Dirección General de Rentas Municipal.
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